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Obligaciones de predios certificados como predios exportadores parte 2
Amigo citricultor, Si usted desea o tiene su predio certificado como predio exportador debe cumplir con las siguientes obligaciones:
11.1. Mantener los lotes o áreas de producción de cultivos definidos, con soportes documentales en cuanto al manejo fitosanitario y de producción; así como la procedencia del material de propagación.
11.2. Disponer de asistencia técnica permanente prestada por un Ingeniero Agrónomo, Agrónomo o una unidad de asistencia técnica establecida legalmente.
11.3. Dar aviso inmediato a la Gerencia Seccional del ICA de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el predio, sobre el cambio del asistente técnico anexando copia de la tarjeta profesional vigente, cédula, teléfono, correo electrónico y documento que acredite la asistencia técnica.
11.4. Entregar trimestralmente a partir de la obtención del registro a la Gerencia Seccional del ICA de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el predio, los informes fitosanitarios, estados fenológicos del cultivo, reportes de volúmenes de producción y el reporte de monitoreo de las plagas de control oficial según corresponda, en los formatos que se definan para tal fin, firmados por el asistente técnico y el titular del registro.
11.5. Informar al ICA cualquier novedad o actualización relacionada con áreas y especies cultivadas, terminación de ciclos productivos y si estos van o no a ser renovados.
11.6. Garantizar que los vegetales para exportación en fresco que ingresen a las áreas de acopio temporal provengan exclusivamente del predio registrado y que en este no se hayan presentado o detectado problemas fitosanitarios de interés cuarentenario.
11.7. Responder por la implementación y cumplimiento de los “Planes de manejo fitosanitario para plagas de control oficial”, que elabore el ICA según la especie o especies registradas en el predio.
Recomendado: Resolución ICA 448
Fotografías: taringa.net/freshplaza.es/simfruit.cl/